Adopción

¿Qué es la adopción?

Adoptar te convierte en padre o madre adquiriendo los mismos derechos y obligaciones que si se ejerciera la maternidad o paternidad de forma biológica. Se buscan familias para niños y niñas que ya vienen con una primera herida. Las familias adoptivas se convierten en reparadoras y como esto a veces no es fácil existen profesionales especializados para acompañar en el camino.
La Adopción es una medida de integración familiar mediante la cual se crean vínculos de filiación entre el niño y/o la niña y la familia adoptiva, convirtiéndose así en su hijo y/o hija. El objetivo es proporcionar una familia a menores que, por diferentes motivos, no pueden convivir con su familia biológica y favorecer así el desarrollo integral de su personal. No obstante, para favorecer este buen desarrollo es necesario preservar su identidad y por ello, la familia adoptiva debe estar dispuesta desde el principio, a trabajar su historia de vida.

Requisitos para ser Familia Adoptiva

• Personas mayores de 25 años y, al menos, 16 años más que el adoptado/a. Si se trata de una pareja, basta que uno de las personas cumpla estos requisitos de edad.
• La diferencia de edad entre adoptante y adoptado no podrá ser superior a 45 años, salvo que se trate de una persona menor o menores con necesidades especiales, en cuyo caso, esa diferencia de edad puede ser mayor. En caso de ser dos los adoptantes, basta que una de las dos personas cumpla ese requisito.
• El/la adoptante no podrá ser abuelo/a, hermano/a o cuñado/a de la persona adoptada.
• Haber sido declarado idóneo/a para la adopción nacional, pues la Administración, como responsable de los/las menores, tiene la obligación y la responsabilidad de conocer a las familias solicitantes de adopción.
• Residir en algún municipio de la Comunidad Autónoma Andaluza.

En el caso de la Adopción Internacional, además de estos criterios se tendrán que cumplir también los exigidos por el país de origen de la persona menor.
Es importante resaltar que la adopción se constituirá por resolución judicial, que tendrá siempre en cuenta el interés del adoptando y la idoneidad del adoptante/es para el ejercicio de la patria potestad.
Facilitamos el enlace de la página de la Junta de Andalucía con información más amplia: https://www.juntadeandalucia.es/temas/familias-igualdad/formar-familia/hijos/paginas/adopcion.html