¿Qué es?

El acogimiento familiar es la convivencia e integración de un niño o una niña en una familia, cuando debe ser separado temporal o permanentemente de sus padres o tutores. Es una medida de protección solidaria con los más pequeños y sus familias biológicas, que evita su estancia en centros de protección de menores.

El Acogimiento Familiar les ofrece la posibilidad de desarrollarse en una familia, y mantener la vinculación con sus padres y hermanos.

Tipos de Acogimiento

Acogimiento Familiar Temporal

Tiene un carácter transitorio, se realiza cuando, existiendo una situación de crisis en la familia del menor, de cualquier edad, se prevea su reinserción a corto plazo en la misma, o bien, transitoriamente, mientras se acuerde una medida de carácter más estable para el pequeño. Puede tener una duración máxima de 2 años.

Acogimiento Familiar de Urgencia

Tiene carácter temporal también, pero está dirigido para niños menores de 7 años, sobre los que hay que intervenir de forma inmediata, a fin de evitar su ingreso en centros de protección y proteger al niño o la niña situándolos en un contexto seguro. La duración máxima de este tipo de acogimiento es de 6 meses, estando remunerado en todos los casos. La familia debe tener disponibilidad plena para su atención.

Acogimiento Familiar Permanente

Está destinado para aquellos menores en los que ya se ha visto que no hay previsión de reinserción adecuada del pequeño en su familia biológica, y las específicas circunstancias de su situación aconsejen su integración estable y duradera en otra familia, sin creación de vínculos de filiación entre ellos hasta la mayoría de edad.

Acogimiento Familiar Especializado

Puede ser tanto temporal como permanente, lo que le caracteriza es que la familia tiene que tener una cualificación y experiencia específica en función de las necesidades especiales que presente el menor. Para este acogimiento dada su especificidad se percibe una compensación económica.

¿Quién puede ser Familia Acogedora?

Con el Acogimiento Familiar se pretende ofrecer un entorno familiar seguro a los más pequeños. Cualquier tipo de familia puede ser familia acogedora, tanto biparental, como monoparental, homoparental, reconstituida, así como con hijos o sin hijos.

Las familias que desean acoger realizan una labor solidaria con la infancia, ofreciendo su hogar y ayudando al niño a restablecerse del daño que haya sufrido (bien por abandono, emocional, físico, etc.).

Funciones de la Familia Acogedora

La Familia Acogedora deberá integrar al menor en su familia como un miembro más de pleno derecho, así como:

  • Velar por el bienestar y el interés superior del menor, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral en un entorno afectivo.
  • Oír al menor siempre antes de tomar decisiones que le afecten.
  • Asegurar la plena participación del menor en la vida de familia.
  • Informar a la Entidad Pública de cualquier hecho de trascendencia en relación con el menor.
  • Respectar y facilitar las relaciones con la familia de origen del menor.
  • Colaborar activamente en el seguimiento de la medida, observando las indicaciones y orientaciones que ofrezcan los técnicos.
  • Respetar la confidencialidad de los datos relativos a los antecedentes personales y familiares del menor.
  • Comunicar cualquier cambio en la situación familiar relativo a los datos y circunstancias que se tomaron en consideración como base para el acogimiento.
  • Garantizar el derecho a la intimidad y a la identidad de los menores acogidos, el respeto a su propia imagen, así como velar por el cumplimiento de sus derechos fundamentales.
  • Participar en las acciones formativas que se propongan.
  • Colaborar en el tránsito del Acogimiento Familiar a reintegración a su entorno de origen o la medida estable que se establezca tras el fin del acogimiento.

Requisitos para ser Familia Acogedora

  • Existencia de motivaciones adecuadas y compartidas para el acogimiento familiar.
  • Capacidad afectiva.
  • Ausencia de enfermedades y/o discapacidades físicas o psíquicas que por sus características o evolución perjudiquen o puedan perjudicar el desarrollo integral de un/a menor.
  • Estabilidad familiar y madurez emocional de los solicitantes, así como en su caso, la aceptación del acogimiento familiar por parte del resto de las personas que convivan con ellos.
  • Capacidad de aceptación de la historia personal de un/a menor y de sus necesidades especiales, en su caso.
  • Habilidades personales para abordar las situaciones nuevas que se puedan producir como consecuencia de la relación con el/la menor.
  • Apoyo social que puedan recibir por parte de la familia extensa u otros.
  • Actitud positiva y flexible para la educación de un/a menor, y disponibilidad de tiempo para su cuidado y ocio.
  • Actitud positiva y disponibilidad para el seguimiento y orientación en el proceso de integración del menor o la menor y la familia.
  • Condiciones adecuadas de habitabilidad de la vivienda e infraestructura del hábitat.
  • Nivel de integración social de la familia.
  • Capacidad de aceptación de las diferencias étnicas, culturales y sociales de los/as menores.

¿Qué pasos seguir?

Si estás pensado en ser Familia Acogedora estos son los pasos a seguir, teniendo en cuenta que es un trabajo en equipo en el que APRAF-A realiza siempre un acompañamiento en la toma de decisiones.

1

Sesión Informativa

En ella la familia recibirá información sobre los aspectos básicos del Acogimiento Familiar, retos, tipos, procedimiento, etc., así como disponer de un espacio para resolver aquellas dudas que presente la familia.

2

Presentación de solicitud

Una vez que la unidad familiar ha decidido solicitar el Acogimiento Familiar, debe entregar la siguiente solicitud:

https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/0026091D.pdf

3

Formación

En esta etapa los solicitantes reciben formación grupal sobre el Acogimiento Familiar de forma más específica y global. Se trata de varias sesiones dadas por técnicos de APRAF-A en las que se exponen:

  • Motivación en el Acogimiento Familiar.
  • Acoplamiento y la adaptación al Acogimiento Familiar.
  • Creación del vínculo afectivo.
  • Separación y finalización del Acogimiento Familiar.
  • Menores con Necesidades Especiales.

4

Valoración de Idoneidad

En esta fase un equipo formado por Trabajador/a Social y Psicólogo/a realizará a la familia varias entrevistas y una visita domiciliaria donde se explorará la viabilidad de llevar a cabo por parte de una familia el Acogimiento Familiar de uno o varios menores, así como el tipo de acogimiento y el perfil del menor a acoger.

En estas entrevistas se verán aspectos tales como: motivación y expectativas hacia el acogimiento, capacidad afectiva, historia familiar y personal de los solicitantes, recursos materiales, apoyos con los que cuentan, etc. Con estas entrevistas se pretende conocer a la unidad familiar y sus potencialidades hacia el Acogimiento Familiar.

De estas entrevistas se elabora un Informe Psicosocial, que se pone a disposición de los solicitantes para que puedan verlo y alegar aquello que consideren oportuno, en el que se realiza propuesta de Idoneidad / No Idoneidad a la Comisión de Medidas de Protección de la Junta de Andalucía que es el órgano responsable de emitir la resolución.

5

Registro de solicitantes

Una vez que la familia ha recibido su Resolución de Idoneidad para el Acogimiento Familiar por parte de la Delegación Territorial correspondiente, queda en el registro de familias solicitantes a la espera que haya la necesidad del acogimiento de un menor del perfil que se ha marcada anteriormente.